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Productos Salud |
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Dejan de considerarse rentas en especie las primas que pague la empresa a sus empleados hasta los limites establecidos (500 € persona / año) pudiendo además extender dicha cobertura a cónyuges y descendientes del empleado. No es obligatorio que se extienda a toda la plantilla por lo que se puede ofrecer de manera discrecional. Queda excluido de la cotización a la Seguridad Social, por lo que disminuye el importe de las aportaciones a cuenta que la empresa tiene que hacer a la Seguridad Social la parte del salario abonado como seguro médico. |
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